Trámites y Requisitos para el Cementerio Municipal
Ver AQUI los valores segun Ordenaza Fiscal Impositiva Municipal
Para la gestión de trámites de inhumaciones, cremaciones o exhumaciones, se deben presentar los siguientes documentos y cumplir con las condiciones indicadas:
Documentos Requeridos
- Licencia de Inhumación: Expedida por el Registro Provincial de las Personas.
- Certificado de Defunción.
- Boletas de Pago: De las contribuciones fijadas por la Ordenanza Fiscal e Impositiva.
- Panteones, Bóvedas o Nichos: Se debe presentar el título de propiedad del lugar y una autorización por escrito de los dueños.
- Traslado: En caso de que el cuerpo sea introducido o retirado del Partido de Punta Indio, la tramitación se debe realizar a través de empresas fúnebres.
Consideraciones Importantes
- Las inhumaciones o cremaciones deben realizarse como mínimo 12 horas después del fallecimiento y no deben exceder las 36 horas, a menos que haya una orden policial o judicial.
- Para realizar traslados y reducciones, debe dirigirse a la Oficina del Cementerio en el Palacio Municipal, donde se le brindará el asesoramiento necesario.